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El Supremo lleva a los préstamos personales la regla de los seis puntos

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La Sala Primera acaba de trasladar a los préstamos personales el mismo umbral que fijó para las revolving en 2023. Es la novedad con más recorrido práctico de los últimos meses.

El 9 de marzo de 2026 el Tribunal Supremo dictó la sentencia 366/2026, y con ella cierra una discusión que llevaba años abierta en los juzgados: si el criterio objetivo que fijó para las tarjetas revolving servía también para los préstamos personales al consumo. La respuesta es que sí.

Qué dice exactamente

El interés remuneratorio de un préstamo personal se considera notablemente superior al normal del dinero, y por tanto usurario, cuando supera en más de seis puntos porcentuales el tipo medio de mercado aplicable a esa operación.

Es el mismo umbral que la Sala fijó para las revolving en 2023. Lo relevante es que hasta ahora muchas Audiencias entendían que fuera del ámbito revolving había que volver a la valoración caso por caso, mucho más incierta. Ahora hay una regla numérica.

Cómo se calcula el término de comparación

El tipo medio de referencia es el TEDR publicado por el Banco de España, y hay que tomarlo con tres cautelas que la sentencia subraya:

  • El de la fecha de celebración del contrato, no el actual.
  • El correspondiente a la categoría concreta de crédito de que se trate.
  • Atendiendo también a la duración de la operación.

No vale, por tanto, coger el tipo medio genérico de hoy y compararlo con un préstamo de hace ocho años. Ese error se ve mucho en las reclamaciones caseras y es de los que hunden una demanda.

El caso que resolvió

Una consumidora había contratado en febrero de 2019 un préstamo personal de 10.500 euros a cuatro años, con una TAE del 16,61 %. Sobre ese supuesto es sobre el que la Sala construye el criterio.

Qué pasa si el préstamo es usurario

Aquí está lo importante, y es donde la usura se diferencia de la falta de transparencia. Bajo la Ley de Represión de la Usura de 1908, el contrato usurario es nulo, y esa nulidad tiene un efecto contundente:

El prestatario queda obligado a devolver únicamente el capital recibido. La entidad debe reintegrar todo lo cobrado por encima de esa cantidad.

Es decir: no se recalcula a un tipo más bajo, no se modera el interés. Se devuelven todos los intereses, comisiones y gastos asociados. Si ya has pagado más de lo que te prestaron, la diferencia vuelve a ti.

Si tienes un préstamo personal con TAE alta, mándanos el contrato o un extracto y comparamos tu tipo con el TEDR de la fecha en que firmaste. Sin coste.

A quién afecta esto en la práctica

A mucha más gente de la que parece. Durante años se financiaron por esta vía coches, reformas, muebles, viajes y tratamientos médicos, con TAE que en no pocos casos rondaban o superaban el 20 %. Todo ese volumen se había quedado en tierra de nadie: no era revolving, así que no le llegaba el criterio de 2023, y la valoración caso por caso desanimaba a reclamar.

Si tienes un préstamo personal contratado con una financiera o con el propio establecimiento donde compraste, merece la pena mirar el tipo. Y si además está cancelado, tampoco es obstáculo: haber terminado de pagar no impide reclamar lo cobrado de más.

Lo que esta sentencia no resuelve

Conviene no sobrevender la novedad. La regla de los seis puntos es un umbral objetivo, pero sigue habiendo que acreditar cuál era el TEDR aplicable a tu operación concreta en tu fecha concreta, y esa es la parte que decide muchos pleitos.

Tampoco altera el otro frente, el de la falta de transparencia, que es una vía distinta con consecuencias distintas y que a veces resulta más viable cuando el tipo no llega a superar el umbral. En las tarjetas revolving se plantean con frecuencia las dos de forma alternativa.

Y sigue existiendo riesgo de costas si la demanda se desestima entera, aunque en materias con criterios dispares suelen apreciarse dudas de derecho.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es usurario un préstamo personal según el Supremo?

Según la STS 366/2026, de 9 de marzo, cuando la TAE supera en más de seis puntos porcentuales el tipo medio de mercado aplicable a esa categoría de crédito y a esa duración, tomado en la fecha de celebración del contrato.

¿Qué se recupera si el préstamo se declara usurario?

El contrato es nulo conforme a la Ley de 1908. El prestatario solo debe devolver el capital recibido y la entidad debe reintegrar todo lo cobrado por encima, incluidos intereses, comisiones y gastos.

¿Puedo reclamar si ya terminé de pagar el préstamo?

Sí. Que el préstamo esté cancelado no impide reclamar lo cobrado indebidamente durante su vigencia, sin perjuicio del análisis de la prescripción en cada caso.

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